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EXPEDIENTE 62/Prueba · Pericial e IA/ANÁLISIS + FUENTES

El perito que no declaró la herramienta.

Ninguna ley procesal española dice que un perito deba declarar que usó IA. Quizá no haga falta, porque basta con que alguien le pregunte en la vista por el método. Y ahí el silencio puede salir caro.

Dentro del expediente

Un dictamen pericial contable llega a la vista impecable. Tablas limpias, conclusiones claras. El abogado de la otra parte hace una sola pregunta. «¿Con qué herramienta calculó estas cifras?». El perito duda un segundo de más. Contesta que con un asistente de IA. La siguiente pregunta es peor. «¿Y qué hizo exactamente ese asistente?».

El caso es sintético. Lo escribo como perito judicial, así que también va por mí.

El reto. La ley no lo pide con esas palabras

La Ley de Enjuiciamiento Civil no contiene ninguna frase que obligue a declarar la herramienta. El perito manifiesta, bajo juramento o promesa de decir verdad, que ha actuado con la mayor objetividad posible, pero esa manifestación habla de objetividad, no de método Fuente primaria ↗.

A mi juicio, la obligación llega por otro camino, y es más exigente de lo que parece. El dictamen se acompaña, en su caso, de los instrumentos o materiales adecuados para exponer el parecer del perito y, si no es posible o conveniente aportarlos, debe contener sobre ellos indicaciones suficientes. En la vista, las partes pueden pedir, si el tribunal lo admite, que el perito responda a preguntas y objeciones sobre método, premisas y conclusiones, y que el perito contrario critique el dictamen. Y el tribunal lo valora según las reglas de la sana crítica Fuente primaria ↗. En la instrucción penal es aún más claro. El informe pericial comprenderá, si fuere posible, una relación detallada de todas las operaciones practicadas por los peritos y de su resultado Fuente primaria ↗.

Si una herramienta de IA intervino en el resultado, entiendo que es una operación practicada. Esconderla deja al perito sin respuesta cuando alguien pregunte por el método, que es exactamente para lo que existe la vista.

Por qué es difícil. Todavía no hay un caso que lo diga

No consta en la jurisprudencia española un perito sancionado o desacreditado por usar IA sin declararlo. Lo que sí hay son abogados. El TSJ de Canarias multó en febrero de 2026 a uno por un escrito con citas inventadas atribuidas a lo que, en palabras del tribunal, le propuso el algoritmo, y remitió el asunto al Colegio Fuente primaria ↗. Que no haya un caso de perito no significa que no vaya a haberlo.

Las normas que se han escrito miran a otros. El CGPJ aprobó en enero de 2026 una instrucción para jueces que les prohíbe delegar en la IA la valoración de los hechos o de las pruebas Fuente primaria ↗. La CEPEJ, la comisión del Consejo de Europa para la eficacia de la justicia, adoptó en diciembre de 2025 unas directrices no vinculantes que contemplan exigir a las partes que revelen cuándo han usado IA generativa para preparar escritos, investigar el caso o reunir pruebas, y piden que las normas procesales prevean sanciones si no lo hacen Fuente primaria ↗. Hablan de partes y de sus representantes. Llevarlas al perito es una lectura mía.

Y en Estados Unidos, donde se ha discutido una regla específica, la propuesta de Regla 707 sobre pruebas generadas por máquina sigue sin aprobarse. En mayo de 2026 el comité asesor no recomendó, por ahora, ninguna actuación sobre ella, porque la ha revisado y quiere someterla a expertos antes de decidir. Y, detalle importante, la propuesta regula la prueba de IA presentada sin perito; si un experto se apoya en IA, ese apoyo se examina con los requisitos de fiabilidad de la regla general de los peritos Fuente primaria ↗.

En el terreno penal, el Código castiga al perito que falta a la verdad maliciosamente en su dictamen, y al que, sin faltar sustancialmente a la verdad, la altera silenciando hechos o datos relevantes que conoce Fuente primaria ↗. Si ocultar que una herramienta determinó el resultado encaja ahí es una pregunta que, por ahora, no consta que haya contestado ningún tribunal. No la daría por resuelta en ningún sentido.

Lo que enseña un caso sin IA

El caso español más útil no tiene nada de inteligencia artificial, y precisamente por eso enseña. En un pleito por el posible plagio de una traducción, el perito de una parte declaró el programa con el que había comparado los textos. El perito contrario atacó la herramienta. Dijo que no era en sí misma una herramienta de análisis textual. Así lo recoge la sentencia de primera instancia Fuente primaria ↗. En apelación, la Audiencia Provincial de Madrid no apartó el dictamen. Lo calificó de puramente cuantitativo, lo tomó en consideración junto a otros dictámenes de naturaleza cualitativa y concluyó que una coincidencia elevada no era determinante entre traducciones de un mismo original Fuente primaria ↗.

Eso es lo que hace la contradicción cuando la herramienta está a la vista, que la pone en su sitio. Ni la blinda ni la hunde. Esconderla es renunciar a ese sitio.

Una propuesta. La vista como prueba del algodón

La dirección que yo tomaría no necesita una norma nueva. Antes de firmar un dictamen hecho con ayuda de una herramienta, me haría la pregunta que hará el abogado contrario. ¿Podría explicar en la sala qué hizo exactamente la herramienta, con qué datos y qué parte de la conclusión depende de ella? Si la respuesta es sí, no hay razón para esconderla. Si es no, el problema no está en declararla.

Lo que toca decidir

Habrá que decidir si ocultar la herramienta podrá considerarse algún día un silencio sobre datos relevantes. No consta ninguna resolución que lo equipare. Tampoco la tacha es una consecuencia automática, porque tiene causas propias.

Toca resolver cómo se explica en una vista lo que hizo un modelo que ni su fabricante explica del todo. El perito puede contar qué le pidió y qué comprobó. Lo que pasó dentro es otra cosa.

También hay que pensar qué hará el juez, que no puede delegar en la IA la valoración de la prueba, con un dictamen cuyo análisis sí se delegó en parte en una herramienta.

Declaración de interés. Soy perito judicial y desarrollo herramientas de trabajo con IA para mi despacho; alguna toca el análisis de documentos que se discute aquí. No las nombro ni las describo en este cuaderno.

Declarar la herramienta sometió aquel dictamen a contradicción, que es para lo que existe la vista.

Lo que me preguntan cuando cierro el portátil.

¿Tiene que declarar un perito que ha usado inteligencia artificial?

No hay una norma que lo diga con esas palabras. La Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que el dictamen vaya acompañado, en su caso, de los instrumentos o materiales adecuados para exponer el parecer del perito o, si no es posible o conveniente aportarlos, que contenga indicaciones suficientes sobre ellos, y en el juicio las partes pueden pedir que el perito responda sobre el método. En la instrucción penal, la ley pide, si fuere posible, una relación detallada de todas las operaciones practicadas. A mi juicio, si la herramienta intervino en el resultado, esconderla deja al perito sin respuesta cuando le pregunten.

¿Qué puede pasar si un perito oculta la herramienta que usó?

Lo primero, perder credibilidad, porque el tribunal valora el dictamen según las reglas de la sana crítica. En el terreno penal, el Código castiga al perito que falta a la verdad maliciosamente y al que la altera silenciando datos relevantes. Aplicar esto al silencio sobre una herramienta es una hipótesis que no consta que haya resuelto ningún tribunal, y no debe darse por hecho.

¿Hay alguna guía sobre IA y prueba pericial?

No consta una guía oficial española específica para peritos. El CGPJ aprobó en enero de 2026 una instrucción para jueces que les impide delegar en la IA la valoración de los hechos o de las pruebas. Y la CEPEJ, comisión del Consejo de Europa, adoptó en diciembre de 2025 unas directrices no vinculantes que contemplan exigir a las partes que revelen el uso de IA generativa, entre otras cosas, al reunir pruebas.

PARA EL PRÓXIMO TRABAJO

Nombrar la herramienta no sustituye explicar cómo influyó en la conclusión.

El expediente detrás del artículo.

Ley de Enjuiciamiento Civil ↗BOE · texto consolidado; artículos citados en cada expediente · 2000
Texto consolidado; comprobar redacción aplicable
Ley de Enjuiciamiento Criminal ↗BOE · artículos citados en cada expediente · 1882
Texto consolidado
Código Penal ↗BOE · artículos citados en cada expediente · 1995
Texto consolidado
Sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid de 15 de marzo de 2024, ROJ SJM M 117/2024 ↗CENDOJ · Consejo General del Poder Judicial · 2024
Resolución judicial
Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 16 de mayo de 2025, ROJ SAP M 8140/2025 ↗CENDOJ · Consejo General del Poder Judicial · 2025
Resolución judicial
Auto del TSJ de Canarias de 10 de febrero de 2026, ROJ ATSJ ICAN 1/2026 ↗CENDOJ · Consejo General del Poder Judicial · 2026
Resolución judicial
Instrucción 2/2026 del CGPJ sobre inteligencia artificial en la actividad jurisdiccional ↗BOE · 30 de enero · 2026
Instrucción del Consejo General del Poder Judicial
Directrices sobre el uso de la IA generativa por los tribunales, CEPEJ(2025)18Final ↗Consejo de Europa · Comisión Europea para la Eficacia de la Justicia, diciembre · 2025
Directrices de un organismo internacional, no vinculantes
Informe del Comité asesor sobre las Reglas Federales de Prueba: propuesta de Regla 707 ↗Tribunales federales de Estados Unidos · 17 de mayo · 2026
Documento oficial; propuesta no aprobada

Fuentes consultadas el 23 de octubre de 2026. Las recomendaciones y ejemplos son elaboración editorial y no se atribuyen íntegramente a estas fuentes. Comprueba versión y ámbito antes de aplicar una norma.

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